Buscar en archivos de Mambí en Acción






martes, 13 de marzo de 2012

Juicios virtuales en los Tribunales

Por: Red Cubana de Comunicadores Comunitarios.

“Me nombro Ramón Risel Osorio Ayala, Compañía No 2, Prisión Provincial de Holguín, y quiero denunciar que encontrándome extinguiendo una sanción en dicha prisión en 1998, se personó allí un agente policial con una orden para llevarme a Procesamiento Penal para realizar un careo, ya que había dos acusados declarando que yo había participado con ellos en un delito de robo con fuerza que se cometió en la mencionada ciudad y lejos de la prisión donde me encontraba”.

“Cuando llegué allí no estaba ninguno de los acusados y cada vez que preguntaba por ellos me decían algo distinto. En ese desconcierto me tuvieron durante 20 días y nunca presentaron a los acusados, ni se hizo el careo”.

“Me insinuaron que yo estaba evadido de la prisión cuando se perpetró el robo, les respondí que nunca me había fugado de prisión alguna, que preguntaran en el penal donde me encontraba para confirmarlo y que cuando un recluso se fuga es sancionado severamente y eso es reflejado en su expediente carcelario hasta que extingue la sanción. Cuando concluyeron los interrogatorios me regresaron a prisión”.

“Al cabo de tres meses recibí una Petición Fiscal donde se me pedían 16 años de prisión con internamiento por ese motivo. El día del juicio oral, los acusados, declarados autores inmediatos, mantuvieron su declaración y el Tribunal concluyó que yo me había fugado picando dos barrotes y que estando evadido cometí el delito, lo cual nunca fue probado. En el juicio no hubo fotos de barrotes cortados en la celda, documentos de la prisión que mostraran mi ausencia a un pase de lista, ni oficiales de la prisión que atestiguaran mi fuga”.

“Fui sancionado a 15 años de privación de libertad el 18 de noviembre de 1999, por la causa 81/99, que con la sanción que ya extinguía, sumó una conjunta de 28 años y dos meses, que extinguiría el 20 de mayo de 2029”.

“En el año 2000 se me clasificó de delincuente connotado y el Jefe de Orden Interior de la Prisión Provincial de Holguín me ordenó recoger mis pertenencias para trasladarme a la compañía de presos connotados. Yo me negué y le dije que él sabía que nunca me había evadido y éste me respondió: “Si el Tribunal te sancionó erróneamente, es problema del Tribunal y no de nosotros que estamos aquí para cumplir las normas reeducativas.” Yo volví a replicar y entonces me esposó y me condujo a su oficina. Allí un funcionario que estaba detrás de la puerta me golpeó y cuando caí, el Jefe de Orden Interior comenzó a golpearme en la cabeza y en ambos ojos. Me desmayé y cuando desperté en el puesto médico, me estaban suturando una herida en el pómulo izquierdo. Posteriormente estuve ingresado 12 días en el hospital Lenin”.

“La golpiza me ocasionó, además, catarata traumática, dañándome la parte superior de la córnea del ojo derecho. Después que me operaron de la catarata se me reveló un glaucoma traumático y opacidad en la cápsula posterior, perdiendo así el 95% de la visión”.

“He agotado todas las vías legales que franquea el artículo 455 de la Ley de Procedimiento Penal, las cuales han resultado infructuosas. He solicitado varias revisiones penales a las instancias nacionales, que han terminado durante varios años en la decisión de la Fiscalía Provincial de Holguín, cuya respuesta ha resultado siempre negativa. En noviembre de 2011 y el 20 de enero de 2012 le he escrito al presidente Raúl Castro, planteándole esta situación y solicitándole además, que basado en el artículo 50 de la Constitución de la República, yo sea atendido en el Hospital Ramón Pando Ferrer (Liga contra la Ceguera) para tratar de recuperar la visión, y no he recibido su respuesta”.

“Para colmo, nunca recibí copia de mi sentencia y cuando un hermano mío la solicitó en la Sala Tercera de lo Penal del Tribunal Provincial de Holguín, radicado en Banes, solo accedieron a entregarle un certificado de media página, donde consta la sanción con fecha 9 de enero de 2012 firmado por Teresa Quiala Ramírez, como secretaria auxiliar suplente y Adria Rodríguez Romero, como presidente de la Sala Tercera”.

Nota: A través de familiares del preso hemos tenido acceso al documento que hace referencia. Otras pruebas fueron incautadas por la Seguridad del Estado a Arnaldo Ramos Lauzurique en una de sus detenciones, y no les fueron devueltas.

No hay comentarios: