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sábado, 29 de diciembre de 2018

Ante la incuria de la AN, TSJ tiene que nombrar presidente encargado #Venezuela



Por: Cnel. (Ej.) Rubén Dario Bustillos Rávago

Mambí en A/ Un narco-estado, como el que impera en Venezuela, es diferente a una dictadura convencional y como tal debe ser considerado para los efectos de conseguir una ruta segura para salir de la banda delincuencial que mantiene secuestrada a la nación venezolana.

A solo un mes del término legal del supuesto presidente Nicolas Maduro (según el art. 231 de la CRBV termina el 10 de enero de 2019) y la negativa de la Asamblea Nacional (AN) a nombrar un presidente provisional, ya sea por miedo, complicidad o negligencia, que se encargue de coordinar las acciones para dar al traste con la narco-dictadura de Nicolas Maduro, corresponde al legitimo Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) actualmente en el exilio, proceder a nombrar tan alto funcionario.

Para dirigir las acciones pertinentes en el campo de la lucha interna, el designado presidente escogería su tren ejecutivo como lo demandan la mayoría de los venezolanos que desean que se defina un liderazgo opositor fuera de los partidos políticos.





Si partimos de la premisa de que un estado criminal solo cedería ante la fuerza, aquellos que plantean soluciones políticas convencionales para detener la tragedia se verían obligados a plegarse a la tesis de la urgencia de solicitar una intervención internacional.

Bajo esta realidad, más de 50 países y la Organización de Estados Americanos (OEA) han decidido desconocer la legitimidad de Nicolas Maduro como presidente, como ya lo hicimos la mayoría de los venezolanos.

La palabra la tiene el legítimo Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) quien, ante la omisión legislativa de la AN, tiene la potestad constitucional para nombrar un presidente encargado que, a partir del próximo 10 de enero de 2019, ocupe la posición del usurpador Nicolas Maduro Moros, a fin de que sea internacionalmente reconocido como tal.

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