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miércoles, 13 de abril de 2011

Tribulaciones de la jubilación


Foto: merolico en la Calle Obispo, La Habana Vieja, Cuba.
Por Aimée Cabrera.
“Cuando decides jubilarte empiezan los problemas, que si no aparecen todos los años trabajados, que no encuentras a nadie de aquella época, y tantas otras cosas que te parece que no te vas a poder jubilar”- exclama Luisa, jubilada del sector de los servicios.
Ella trabajó en diversas entidades por más de 30 años. Solo aparecía en su expediente laboral el trabajo desempeñado en la última empresa donde estuvo poco más de dos décadas, ¡y el resto del tiempo, qué! Fueron tiempos de mucha tensión para esta mujer de 58 años quien, al final no pudo justificar su primer lustro de vida laboral.
El caso de Luisa no es aislado. Las críticas y denuncias de los afectados son parte de las quejas enviadas a las secciones de distintos periódicos capitalinos y del resto del país.
Isauro Beltrán escribió a la sección Buzón Abierto del diario Trabajadores, a cargo del periodista Gabino Manguela, donde fue publicado su caso el lunes 28 de marzo de este año. Allí Beltrán explicaba que “Mi último lugar de trabajo, por 10 años, fue el cabaret Tropicana, pero allí nunca llegó mi expediente… siempre pensé que el documento estaba en mi centro anterior, sin embargo, cuando decidí jubilarme comprobé que estaba equivocado”.
En el mismo diario aparecen otros con similares percances, como Jorge Álvarez y Rafael Leyva, quienes lamentaban la pérdida de sus expedientes laborales, o Julia Rodríguez, quien lo perdió estando éste en su poder. La pérdida de los expedientes para estos trabajadores de larga trayectoria fue un hecho demoledor.
El especialista jurídico de la esfera de asuntos sociales y laborales de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) Dr. Armando Saucedo, resume que “no siempre se cumple con lo legislado”.
La Resolución 8 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 2005 (Reglamento general sobre Relaciones Laborales), determinó que la administración es la máxima responsable de los expedientes laborales, por lo que éstos deben estar bajo su custodia.
Por lo que en el momento de un posible traslado hacia otro centro de trabajo, quien se traslada, debe recibir una copia de La Hoja Resumen, la cual llevará a su nuevo centro, cuya administración tiene que gestionar el legajo completo.
Lo correcto es brindarle al trabajador la posibilidad de que este revise su expediente, ya que además de que es un derecho estipulado en el Código de Trabajo, esta revisión evitaría situaciones tan alarmantes como las descritas.
Por otra parte, la subdirectora jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Ana Rodríguez, argumenta que no se aceptan pruebas testifícales, pues los años de labor se reconocen a partir de los documentales, y enfatizó que cada caso debe tener una respuesta, por la diversidad de los mismos.
El Decreto Ley 283, Reglamento de la Ley de Seguridad Social, es explícito al respecto. Cuando no hay certificaciones establecidas de manera legal, los directores de las filiales provinciales del Instituto Nacional de Seguridad Social pueden reconocer la validez de ciertos documentos de tiempo de servicio .Los problemas son, por tanto, debido al no cumplimiento de la Ley por parte de las administraciones.
La sección Acuse de Recibo del diario Juventud Rebelde atendida por el periodista José Alejandro Rodríguez, publicó el 27 de marzo el caso de Rodolfo Rojas, trabajador de Servicios Comunales en la provincia de Camaguey, quien está por jubilarse desde el 2007, pero “siempre un algo se interpone”.
Según refiere Rojas a Acuse, la Jefa de Personal le dijo que había que esperar, pues había más casos en trámite de jubilación. La paciencia de este limpiador de calles duró hasta el 2010 cuando inconforme, acudió al sindicato de su centro y no recibió ninguna respuesta.
En el 2010, la nueva Jefa de Personal le llenó de nuevo la planilla de solicitud, pero en el 2011, otro nuevo Jefe de Personal estaba ajeno a la solicitud de este trabajador que describió su sentir con la frase de que se “habían reído” de él, al sentirse burlado y desatendido por sus directivos.
La directora municipal de servicios comunales de Camaguey, Lázara Rivero, dice que se creó una comisión para investigar lo sucedido a Rojas, y reconoció que “no se le dio el tratamiento requerido al trabajador”, aunque admite que él no cumplía con los requisitos para optar por su jubilación.
En el expediente de Rojas faltaban modelos como el SS-6, el cual certifica los años de servicio, así como los años trabajados en otras entidades en las décadas del 60 y el 70 del pasado Siglo. ¿Quiénes tienen la culpa por este proceder incorrecto, y qué medidas se tomaron con los negligentes?
“Lamentablemente la respuesta (de la funcionaria) deja vaguedades… Hay respuestas al paso, que resultan minúsculas al lado de las preguntas que las espolean…”-dice entre otras reflexiones, el periodista J. A. Rodríguez para finalizar.

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